El derecho de acceso a la propiedad sigue marcado por desigualdades que colocan a las herederas en una situación de injusticia y desamparo administrativo. Mientras la reforma del Código de la Familia está en el centro del debate, las situaciones discriminatorias en materia de herencia se entrelazan con la cuestión del taâssib, y van más allá, resonando en otras disposiciones legales. Este es el caso de los bienes agrícolas y urbanos sometidos al régimen del waqf familiar, una práctica con siglos de antigüedad que busca evitar que las propiedades sean revendidas, hipotecadas, donadas o divididas por los herederos, permitiendo a la vez generar ingresos (usufructo) para los descendientes.
Esta inmovilización hace que los bienes habous compartan características con las tierras colectivas: son imprescriptibles, inalienables e inembargables, en consonancia con el espíritu ancestral de la institución islámica del waqf, aunque con un marco jurídico que se pretende moderno. A pesar de las enmiendas al Código de Bienes Habous en 2010, muchas mujeres siguen privadas de su derecho a la sucesión y al acceso al patrimonio familiar bajo el régimen del waqf.
En efecto, este régimen, regulado por un acto jurídico, está diseñado para proteger la gestión del legado, dejándola en manos de los derechohabientes. Sin embargo, también se convierte en una forma de violencia económica que deshereda a las descendientes, sin ofrecer vías de recurso efectivas para obtener justicia.
En el marco de una campaña de sensibilización sobre esta problemática, en marzo de 2025, la Asociación Democrática de Mujeres de Marruecos (ADFM) ha identificado 216 waqf familiares (Mouâquab y privados), basándose en su estudio «El waqf privado y la discriminación de género». Según el censo de waqfs familiares y mixtos elaborado por el Ministerio de Habous y Asuntos Islámicos, en 2017 se registraron 612, de los cuales el 12,09% fueron liquidados y el 87,91% están en proceso de liquidación. Los waqfs mixtos (públicos y privados) censados fueron 4.
Una práctica desviada de su objetivo principal
Originalmente, el problema del régimen del waqf familiar radica en que solo los hijos son considerados herederos, excluyendo a las hijas. Si la línea de descendencia de estos legatarios se extingue, el waqf se transfiere al Ministerio de Habous y Asuntos Islámicos. Aunque desde 2010 las hijas de primera generación ya no están excluidas de esta sucesión, sus descendientes y derechohabientes continúan sin poder acceder a este derecho.
La ADFM ha dado voz a las mujeres que viven estas situaciones, permitiéndoles compartir sus experiencias a través de una serie de testimonios en línea. En algunos casos, el derecho de acceso al patrimonio se convierte en una lucha intergeneracional de más de 40 años, privando a las herederas elegibles de beneficiarse de los ingresos colectivos del legado, al igual que los herederos. En otros casos, pueden estar completamente excluidas de cualquier forma de beneficio, independientemente de su situación socioeconómica, a menudo vulnerable o empobrecida debido a esta exclusión.
Para sensibilizar sobre el tema, la ADFM ha organizado encuentros con la sociedad civil y sesiones de intercambio con parlamentarios de la región de Marrakech-Safi, además de talleres de formación para fortalecer las capacidades de las afectadas por el waqf familiar. Con base en esto, la ONG ha lanzado una campaña para derogar el waqf privado y mixto, instando a que el patrimonio sometido a este régimen se rija por disposiciones equitativas.
Por estas razones, este régimen es considerado por la asociación como un medio para perpetuar la exclusión de las mujeres de la herencia y de los ingresos derivados de ella, en lugar de ser un mecanismo jurídico basado en la doctrina islámica para preservar el patrimonio en beneficio de la familia, promoviendo la cohesión en beneficio del colectivo.
El waqf público permite una asignación del bien de manera absoluta y exclusiva, sin restricción a instituciones de naturaleza religiosa, caritativa o pública.
La dotación privada o sucesoral es el waqf privado (familiar), según el cual los bienes son atribuidos a los descendientes y desaparece a la muerte de los derechohabientes beneficiarios.
El waqf mixto es una dotación cuyo usufructo se reparte entre una institución caritativa y los descendientes del autor de este acto jurídico.